Comparte el artículo ¿Dictadura expedita en salud y sentencias?: ROMER A. ROMERO-MARTÍNEZ jueves 8 ...
"Toda autoridad usurpada es Ineficaz y sus actos son nulos"
Artículo 350 Constitucional. "El
pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores,
principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos".
La naturaleza humana coquetea con el qué hubiese pasado sí... hubiese hecho X o dejado de hacer Y. Así se reflexionan los errores, puesto que los aciertos simplemente se celebran. El
venezolano repasa "qué
hubiese pasado si el montón de dólares petroleros los hubiesen invertido en Venezuela". Porque obras... no hay; ¿y buruzas al lumpen y colusión de los despoderes?.. de eso sí hay, y muy
expedito. Nunca olviden que van más de un billón doscientos setenta y cuatro mil doscientos millones de dólares ($1.274.200.000.000), producto del alza del petróleo; circunstancia ésta
absolutamente ajena a la voluntad dictatorial y actuante en una suerte de "chiva" inmerecida... que a veces sucede. Sin esa pila de dólares -más grande que la montaña de coque del complejo de
Jose- ya nadie recordaría al mitómano de 1998.
Inverosímilmente, el régimen dictatorial ha cultivado expeditamente un endeudamiento que supera los $140.000 millones, con reservas operativas que alcanzan para 2 meses de importaciones. O
menos, si se consideran los lujos -in crescendo- del "Dictador", como
sus gastos personales, de salud y viajes.
En contra flujo, baste recordar el homicidio de Franklin Brito y la inacción desgubernamental en la devolución de su hato o el "pago oportuno de justa indemnización". Definitivamente, el
"Dictador" desacata el artículo 115 constitucional y reduce la privacidad propietaria a "La Chavera", el yate del exmaestro y la quebrada/vivienda del exbombista de la UCV, entre
otros.
Para Brito no hubo decisiones expeditas -de "Todos Saben Jalar", ya mutados a
legisladores- ni médicos especialistas que resguardaran sus derechos. No lo protegieron jurídicamente ni exhibieron la misma expeditividad de la multa contra Albanes o del desconocimiento de
las "firmas planas" revocatorias; preludio del "Apartheid de Tascón". Tampoco hubo atención médica VIP, como la dada al presunto enfermo dictatorial, cuya recuperación ha sido asombrosamente
expedita.
En esta dictadura los despoderes son como el agua mineral Perrier: inodoros, incoloros e insípidos. Sólo son expeditos en el planeamiento y ejecución de sus infamias fascistas. Ejemplos
abundan: las condenas contra legem de los policías-presos-políticos; las imputaciones de delitos presuntamente perpetrados entre 1958 y 1998. En esto último: ¿no es más práctico investigar
entre 1999 y 2012? En este segundo período los delitos son tan frondosos y notorios que bastaría pegar en la pared la membresía dictatorial -incluyendo el "cártel de los soles" ySanta Ana- y lanzarles dardos; donde caigan
habrá imputables.
La recaída del "Dictador" fue posiblemente causada por el pronto presidente Capriles. El "Dictador" dejará de hacer "sombras". Y apuesto fuertes-a-locha que su recuperación será expedita...
porque no provocó la lástima que esperaban los dojos-dojitos. El warm-up para la carrera de huída
estará amenizado por expeditas decisiones antijurídicas. Sobrarán los leguyerismos intraficables y los desatinos impúdicos del despoder judicial y la brutez fiscal... no de
tránsito.
El desconocimiento del régimen, su legislación o autoridad tendrá la protección constitucional del 350, si contrarían los valores, principios y garantías democráticos o menoscaban los
derechos humanos.
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